Opinión

Protección de datos personales: ¿qué son y quién los va a administrar?

En el Senado se revisa el proyecto para reformar la ley. Expertos se dividen sobre si debe ser el Consejo para la Transparencia la entidad que resguarde la información.

Desde hackeos informáticos, estafas por almacenamiento poco seguro de huellas dactilares, hasta qué información sobre compras de medicamentos podrán conocer las isapres. Estos son algunos de los escenarios a los que se pueden ver enfrentadas las personas debido a la desprotección de sus datos personales, los que se definen como “cualquier información concerniente apersonas naturales, identificadas oidentificables”. La ley que regula estos antecedentes data de 1999, época en que no existían las tecnologías presentes hoy. Para reformar la legislación se han presentado propuestas en tres oportunidades. La última, que se discute en la Comisión de Constitución del Senado, ingresó en 2017, durante el segundo gobierno de Michelle Bachelet. Quienes han conocido su tramitación explican que los principales puntos de discusión han recaído en la definición de datos sensibles, específicamente si es que se incluía en este ámbito los hábitos de consumo y la regulación de los motores de búsqueda. Y también respecto de qué institución será la encargada dela protección de los datos: si el Consejo para la Transparencia oun nuevo organismo.

Institucionalidad Desde el consejo, su presidente, Jorge Jaraquemada, explica que deben ser ellos los encargados de la protección de los datos. “Ya hemos desarrollado una jurisprudencia protectora”, argumenta. Además, Jaraquemada explica que cuando ambas institucionalidades están juntas, es decir, la que se encarga de la transparencia delos datos y la deresguardarlos, “se produce una menor litigiosidad de estos temas. Cuando algo es público y cuando algo merece ser reservado hay una unidad de criterios y la gente no llega a tribunales”. El senador de la Comisión de Constitución, Felipe Harboe (PPD), cree que se debiese crear una agencia especializada. “La expertise, tanto de los consejeros del Consejo para la Transparencia como de los funcionarios, es el acceso a la información pública, que es otro derecho. Además, la tecnología se desarrolla fundamentalmente en el mundo privado”, dice.

Para el senador Kenneth Pugh (ind. ), este es “el punto más importante a discutir”. Asegura que en la experiencia internacional solo existen los casos de Alemania y Reino Unido con esta doble figura. “Los ámbitos regulatorios de privacidad y transparencia son absolutamente diversos en esta etapa de transformación digital, no tienen nada que ver”, afirma. Enrelaciónaloscasos ocurridos en otros países, el director del Centro de Estudios Internacionales UC, Jorge Sahd, afirma que “es fundamental que esto esté a cargo deun organismo autónomo e independiente, y es lo que exigen los estándares de la Unión Europea. En este sentido, el Consejo para la Transparencia cumple ese requisito de autonomía”. María Paz Canales, directoraejecutiva de la organización Derechos Digitales, señala que pese a que no era lo óptimo consejo estuviese a cargo, “es una opción que satisface las necesidades actuales del país”. Canales añade que el proyecto “tiene que incorporar mejoras para el consejo en el número deconsejeros yen los recursos para que se puedan desarrollar áreas especializadas”. Esto, debidoa que “en el pasado ha habido algunas decisiones del consejo que para nosotros no han sido 100% adecuadas”. Rodrigo Mora, director del área de transparencia y protección de datos de la Fundación Chile 21, reconoce la dificultad doble función. “Lo difícil es complementar ambos roles sin que el acceso a la información vaya en desmedro de la privacidad de los datos”.