Por Hernán Salinas Burgos
El secretario general de la Organización de Estados Americanos (OEA) ha solicitado la activación del mecanismo de defensa de la democracia contemplado en la Carta Democrática Interamericana (CDI) en contra de Venezuela. Ha invocado su artículo 20, que lo faculta para "solicitar la convocatoria inmediata del Consejo Permanente para realizar una apreciación colectiva de la situación y adoptar las decisiones que estime convenientes" cuando "en un Estado Miembro se produzca una alteración del orden constitucional que afecte gravemente su orden democrático".
En un documentado informe que será discutido hoy por el Consejo Permanente, el secretario general fundamenta su petición principalmente en la grave vulneración del principio de la separación de los poderes y del Estado de Derecho. Denuncia el control por parte del gobierno y la falta de independencia del Poder Judicial, su utilización para acumular poder y limitar las facultades de la Asamblea Nacional en violación del orden constitucional, la represión de la oposición política y restricción de las libertades de expresión y de prensa, la corrupción y falta de transparencia en el accionar gubernamental.
Asimismo, denuncia la política de obstrucción gubernamental al referéndum revocatorio impulsado por la oposición para este año, de conformidad con la Constitución venezolana, a fin de impedir la convocatoria, de ser exitoso, a una nueva elección presidencial. Todo ello sumado a una grave crisis económica, de seguridad y humanitaria, traducida en una inflación galopante, violencia política y alta criminalidad reflejada en una de las tasas de homicidio más altas del mundo, como también escasez aguda de alimentos y medicamentos.
La CDI no define lo que constituye una alteración del orden constitucional que afecte gravemente el orden democrático de un Estado, pero sí en sus artículos 3 y 4 establece qué constituyen los elementos esenciales de la democracia representativa y los componentes fundamentales del ejercicio de la democracia, respectivamente. Como elementos esenciales de la democracia representativa, la CDI señala, entre otros, el respeto a los derechos humanos y las libertades fundamentales; el ejercicio del poder con sujeción al Estado de Derecho y la separación e independencia de los poderes públicos. Como componentes fundamentales del ejercicio de la democracia, establece la transparencia de las actividades gubernamentales, la probidad, la responsabilidad de los gobiernos en la gestión pública y la libertad de expresión y de prensa.
Cabe señalar que la CDI establece una concepción integral de la democracia representativa que resguarda tanto la democracia en su origen como su ejercicio. Este instrumento trasciende la idea de una democracia electoral y adopta de manera inequívoca la interpretación de que un gobierno no debe solamente ser elegido democráticamente, sino gobernar democráticamente y con respeto a los derechos humanos.
La CDI se basa en el principio de la "gradualidad de las medidas", que implica la contemplación en ella de mecanismos que permiten valorar y analizar políticamente la gravedad de la situación y desarrollar, en forma progresiva, gestiones diplomáticas y mecanismos de diálogo acordes con el nivel de la crisis, con el objeto de restablecer la integridad de la institucionalidad democrática. Así, la herramienta sancionatoria, la suspensión del Estado Miembro del ejercicio de su derecho a participación en la OEA, solo puede utilizarse una vez que se han agotado los medios diplomáticos. Las sanciones solo emergen en la situación límite del fracaso de dichos medios y del diálogo que debieran derivar de la reunión del Consejo Permanente donde se debatirá el informe del secretario general y su solicitud de activación de la CDI.
Un escenario complejo como el de Venezuela hace evidente que hay una crisis que demanda el diálogo, con una agenda clara y dentro del marco de la CDI que da posibilidades de un seguimiento institucionalizado.
Venezuela debe volver a un marco de respeto de la democracia representativa y del Estado de Derecho, de los Derechos Humanos y de las libertades fundamentales, donde la liberación de los presos políticos y la realización del referéndum revocatorio con las debidas garantías y en forma oportuna constituyen una condición fundamental.
Chile, consecuente con una política exterior de Estado, dentro de cuyos pilares se encuentra la promoción y defensa de la democracia representativa como de los Derechos Humanos, debe apoyar la iniciativa del secretario general de la OEA.
La Carta Democrática Interamericana no puede convertirse en letra muerta.
FUENTE: El Mercurio